El Consejo de Ministros ha aprobado el paquete Legislativo

24 DE MAYO DE 2018

ELECCIONES MUNICIPALES: La propuesta de ley prevé 15 años para la implementación de autonomías locales en Angola

Municipio de Benguela

El Gobierno angoleño ha dado luz verde al paquete de leyes sobre las elecciones municipales previstas para 2020. Su implementación será gradual y su institucionalización en todo el país se realizará a lo largo de los próximos 15 años.

El paquete legislativo, que reúne las propuestas de Leyes Orgánicas sobre organización y funcionamiento de las autonomías locales en Angola, sobre las elecciones municipales, sobre la Institucionalización de las autoridades locales, de las finanzas locales y sobre la transferencia, atribuciones y competencias para las autoridades locales, fue revisado y aprobado en Consejo de Ministros.

En una rueda de prensa, el ministro de la Administración del Territorio y Reforma del Estado, Adán de Almeida, dijo que las propuestas de ley van a pasar por un período de discusión pública, con el objetivo de lograr el máximo de contribuciones posibles por parte de la ciudadanía. La entrada de nuevos municipios será secuencial y gradual, al comienzo de cada ciclo electoral.

Con base en estas contribuciones ciudadanas, se elaborará el documento final, que será revisado nuevamente en Consejo de Ministros y se remitirá a la Asamblea Nacional para su aprobación final.

ÓRGANOS DE LAS AUTONOMÍAS

Los órganos de los municipios autónomos incluyen la Asamblea Municipal, con función reglamentaria y fiscalizadora de los órganos ejecutivos, en el caso, el ayuntamiento, presidido por un alcalde, auxiliado por secretarios municipales que serán nombrados libremente por el alcalde.

Las comunas y los distritos urbanos son órganos descentralizados de la autonomía y tendrán secretarios comunales y distritales nombrados por el alcalde.

El número de secretarios municipales varía según el número de la población del municipio, oscilando entre 15 secretarios, para los municipios más poblados, y 11 para los menos poblados.

Este criterio se utilizará también para el número de miembros de la Asamblea Municipal, que varía de 55 miembros (para municipios con 500.000 electores o más) a 25 para los municipios con menos de 50.000 electores. Las propuestas prevén que los órganos de gobierno de las autonomías locales tendrán un mandato de cinco años, no habiendo límite para la reelección.

En las elecciones municipales sólo votan los ciudadanos nacionales residentes en cada municipio. Los candidatos a la Asamblea Municipal deben ser residentes en el respectivo municipio, pero el candidato a presidente de la cámara sólo tiene la obligación de residir en el municipio después de ser elegido.

Además de los partidos políticos reconocidos, pueden presentarse candidaturas de grupos de ciudadanos, con un mínimo de hasta 50 electores.

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