4 de Enero de 2024

Gobierno asegura pago de atrasos de empresas con deudas certificadas

El Gobierno angoleño anunció, este miércoles, que el pago de los atrasos de las empresas con deudas certificadas se realizará este año, por importes inferiores a 150 millones de kwanzas.

Según un comunicado del Ministerio de Finanzas (MINFIN) enviado a la Angop, las empresas que no presentan disconformidades, como la necesidad de aprobación y registro de activos, están cubiertas.

“El Ministerio de Hacienda hizo saber a la ciudadanía que ya se encuentra disponible el listado de empresas con deudas certificadas pendientes de pago, con fecha de corte el 15 de diciembre de 2023#”, se lee en la nota.

La iniciativa tiene como objetivo garantizar una mayor transparencia en el proceso de liquidación de atrasos y desalentar la práctica de acciones que perjudiquen al empresariado nacional.

Para efectos de consulta, el MINFIN puso a disposición en el portal de la Unidad de Gestión de Deuda (UGD), en www.ugd.minfin.gov.ao , el cronograma de pago de atrasos para 2024.

En cuanto a los procesos con deficiencias, es decir, deudas no aprobadas por el máximo responsable de la Unidad de Presupuesto (Ministro o Gobernador) y deudas comprendidas en la categoría de bienes (muebles o inmuebles), sin el registro de bienes y el formulario de inventario, su pago estará sujeto al pago hasta la regularización de los mismos.

El MINFIN llama a los prestadores de servicios a contactar a las Unidades Presupuestarias, con el fin de recabar información sobre el nivel de evolución de los respectivos procesos y subsanar las no conformidades encontradas.

El Ministerio de Hacienda aclara que no se proporcionará información sobre la deuda interna vencida cuando no se pueda acreditar la legitimidad del solicitante para acceder a ella, y desaconseja todo tipo de prácticas que comprometan el buen desarrollo del proceso de liquidación de atrasos.

También alienta el ejercicio de la “denuncia”, siempre que haya promesas de regularización o posible priorización de procesos, a cambio de beneficios, como un porcentaje de la deuda u otros, que distorsionen el enorme esfuerzo que se está haciendo para, en el ámbito fiscal, restricciones, si encuentra espacio para liquidar gastos de años anteriores, cuyos supuestos legales para su ejecución no hayan sido plenamente observados.

El MINFIN también informa que no existen mecanismos al margen de la ley (Decreto Presidencial 235/21, que aprueba el nuevo Régimen Jurídico para el Reconocimiento y Tratamiento de la Deuda Interna Atrasada) que contribuyan a la priorización de pagos. CLAU/AC